martes, 5 de julio de 2016

TEMA: SE PUBLICA LEY PARA RETIRAR EL 25% DEL FONDO DE AFP PARA COMPRA DE PRIMERA VIVIENDA

SE PUBLICA LEY PARA RETIRAR EL 25% DEL FONDO DE AFP PARA COMPRA DE PRIMERA VIVIENDA


Artículo redactado por: Collins Salvador Bejarano.
Abogado Principal de Corporación Peruana de Abogados. 


Mediante Ley N° 30425 publicada el 21 de abril del 2016 se estableció que a partir de los 65 años de edad los aportantes a la AFP podrán elegir entre percibir la pensión que le corresponda en cualquier modalidad de retiro, o solicitar a la AFP la entrega hasta el 95.5% del total del fondo disponible en su Cuenta Individual de Capitalización (CIC) en las armadas que considere. Es necesario recordar que si bien se publicó dicha ley, el Poder Ejecutivo observó un extremo de dicha norma, la referida al retiro del 25% del fondo para la compra de una primera vivienda pues consideró que con dicho retiro se desprotegía a los futuros jubilados.

Sin embargo, el 14 de junio el pleno del Congreso, por insistencia a la observación del Poder Ejecutivo, aprobó el proyecto de ley que PERMITE A LOS APORTANTES DE LAS AFP RETIRAR EL 25% DE SUS FONDOS ACUMULADOS - CUENTA INDIVIDUAL DE CAPITALIZACIÓN (CIC)- PARA QUE PUEDA SER INVERTIDO EN PAGAR LA CUOTA INICIAL DE UNA PRIMERA VIVIENDA.

El día miércoles 29 de junio el Gobierno publicó en el diario El Peruano la Ley N° 30478 que modifica el artículo 40 del TUO de la Ley del Sistema Privado de Pensiones, estableciendo que los afiliados al Sistema Privado de Pensiones sí podrán disponer de hasta el 25% del fondo acumulado de su Cuenta Individual de Capitalización, solo en los casos que dicho fondo sea destinado a:

1. Pagar la cuota inicial para la adquisición de un primer inmueble, siempre que se trate de un crédito hipotecario otorgado por una entidad del sistema financiero.
2. Amortizar un crédito hipotecario existente que haya sido utilizado para la compra de un primer inmueble otorgado por una entidad del sistema financiero.

La norma también precisa que el retiro es de hasta el 25% del fondo AFP y que puede ser solicitado por cualquier afiliado al Sistema Privado de Pensiones sin distingo de su edad o periodos de aportación o monto del fondo.

Teniendo en cuenta que el retiro de hasta el 25% procede exclusivamente para los casos de pago de la cuota inicial o de la hipoteca del primer inmueble, será obligación del afiliado acreditar que no tiene propiedades en los Registros Públicos y que dicho fondo tendrá como destino financiar su primera vivienda. 

Con esta medida aprobada, todas las personas que aporten al sistema privado de pensiones, sin importar su edad, pueden acceder al beneficio de disponer del 25% de sus fondos en la AFP siempre y cuando la compra del inmueble (casa, departamento, terreno u otro) sea por intermedio de una entidad del sistema financiero.

Asimismo, la referida ley recientemente publica ha precisado respecto a la Ley N°30425, que facultó a los afiliados del SPP mayores de 65 años de edad a retirar libremente hasta el 95% de su fondo AFP; que:

El retiro del 95.5% procede, incluso cuando el afiliado ha optado por el retiro programado de su pensión de jubilación.
Con relación al 4.5% restante de fondo AFP, se precisa que será transferido directamente por la AFP a ESSALUD, en un plazo máximo de 30 días después de haberse entregado al afiliado hasta el 95.5%  de su fondo.
Lo dispuesto anteriormente también será de aplicación para los asegurados que han optado por el Régimen de Jubilación Anticipada.

En los próximos días se estará publicando el reglamento operativo para el retiro del 25% del fondo para compra de primera vivienda y será la SBS la responsable de aprobar y publicar el reglamento operativo de la ley para que todos los afiliados puedan aplicar al beneficio otorgado por la reciente Ley 30478 y hacer realidad el sueño de la casa propia.

1 comentario:

  1. Hola buenas tarde quería saber sobre un inmueble bueno mi tia esta interesada de sacar un departamento ya que salio el 25 % del afp y ella lleva 8 años trabajando hemos visto uno que esta por Los Olivos - Condominio Las Torres Av. ALFREDO MENDIOLA CDRA.68 - LOS OLIVOS estamos interesados en ese inmueble porque esta cerca a la universidad y trabajo en la panamericana norte

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